Cannabis medicinal se venderá en farmacias y no por internet

Cannabis medicinal se venderá en farmacias y no por internet

23 Febrero, 2019

Diario Gestión.- El cannabis para uso medicinal y terapéutico podrá adquirirse en farmacias, boticas y farmacias de establecimientos de salud, pero no será comercializado a domicilio o vía internet.

 

Así lo dispone el Reglamento de la Ley 30681 que regula el uso medicinal y terapéutico del cannabis y sus derivados, publicado hoy en El Peruano.

Esta norma cuenta con 13 capítulos en las cuales especifica las disposiciones, licencias de producción, comercio, registro, fiscalización, prescripción, tratamiento médico, adquisición, y más sobre el uso exclusivo del cannabis.

Ante esto, el autor de esta iniciativa, el congresista Alberto De Belaunde, felicitó al Gobierno por la publicación del reglamento, luego de una larga espera.

“Empezamos el día con una buena noticia: Luego de mucha espera hoy por fin se publicó el reglamento de la ley de cannabis medicinal. Hay que estudiarlo para asegurar que se haya optado por la mejor reglamentación, pero igual es un avance importantísimo en esta lucha”, indicó a través de Twitter.

 

Cabe mencionar que el 16 de mayo del 2018 se publicó en pre reglamento de la Ley N° 30681 que regula el uso medicinal y terapéutico del cannabis (marihuana), promulgado seis meses antes, en noviembre de 2017. En este se establecía que el reglamento final debía ser publicado a los 60 días.

Sin embargo, ha tenido que pasar casi dos años para que reglamento de la ley de cannabis medicinal y sus derivados sea publicada.

En Uruguay, Chile, Colombia, Brasil y México son los países donde ya se aprobó el uso medicinal del cannabis para ciertos tratamientos terapéuticos

 

-Beneficios del Cannabis- 
Sus defensores señalan que el cannabis tiene componentes que sirven para tratar efectos secundarios de la quimioterapia, como las náuseas o vómitos. Calmar espasmos musculares en los casos de esclerosis múltiple, epilepsias intratables y casos de estrés postraumáticos, como los que sufren los veteranos de guerra entre otras enfermedades.

Este decreto supremo llevan las firmas del presidente Martín Vizcarra; del presidente del consejo de Ministros, César Villanueva Arévalo; y de los ministros de justicia, Vicente Antonio Zeballos Salinas, Economía, Carlos Oliva Neyra, de Salud, Elizabeth Zulema Tomás Gonzáles, de agricultura, Gustavo Eduardo Mostajo Ocola, de Defensa José Huerta Torres, del encargado del despacho del y del Comercio, Edgar M. Vásquez Vela.