Salud en Casa.- En el marco de la presentación ‘Oportunidades de la Ley de Cáncer ¿Cuáles son los siguientes pasos?’, se realizó la Mesa Redonda - Políticas Públicas en el manejo del cáncer en Perú; en la que Dr. Víctor Palacios, director ejecutivo de la Dirección de Prevención y Control de Cáncer de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del Ministerio de Salud, señaló lo siguiente:
1. El derecho a la salud es un derecho programático que requiere acciones concretas y permanentes hacia su consecución por parte del Estado Peruano.
2. En los últimos 5 años, los mayores avances para que los pacientes peruanos puedan acceder a tratamientos oncológicos innovadores, se produjo mediante la RS N° 862-2019-MINSA, que permitió a las Instituciones Nivel III-2 puedan adquirir nuevos tratamientos en beneficio de los pacientes.
3. Resulta clave proteger este gran avance en favor de los pacientes con cáncer en el Perú y por equidad, extenderlo a los otros Hospitales del Minsa. Todos los ciudadanos tienen derecho a acceder a los mismos tratamientos sin importar la ciudad o institución en la que se atiendan.
4. La Ley Nacional del Cáncer y su reglamento, no dejarán desatendidos a los pacientes que pueden acceder a medicamentos no incluidos en el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales (PNUME). Esto, previa evaluación y aprobación por parte de su Comité Farmacoterapéutico.
5. En ese sentido, señala que se mantendrá la cobertura de los tratamientos que han sido manejados excepcionalmente bajo esta norma para todos los pacientes que lo requieran, tanto los que ya vienen atendiéndose bajo esta resolución ministerial, como nuevos pacientes que necesiten acceder bajo esta modalidad, incluso si la tecnología sanitaria ingresa a una revisión por parte del RENETSA.
6. Las evaluaciones de RENETSA no detendrán la atención de los pacientes oncológicos, hasta que esta entidad concluya su evaluación y, de ser el caso, coberture a los pacientes bajo el amparo de la Ley Nacional de Cáncer, cumpliendo la finalidad de esta norma y realizar la vigilancia de pacientes a través de la Red Oncológica Nacional.
7. Finalmente, exhortó a la población a continuar sus tratamientos, chequearse anualmente y cuidar sus hábitos de autocuidado.